Tras un año complicado por el polémico episodio del fentanilo adulterado y luego de la dimisión a comienzos de enero de Agustina Bisio, antigua directora de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), la entidad reguladora, actualmente liderada por Luis Fontana, quien previamente fue directivo de OSDE, ha detenido la habilitación para el tránsito interjurisdiccional de 114 droguerías. Este viernes se agregaron 60 suspensiones a las 54 previamente notificadas en enero mediante el Boletín Oficial.
Suspensiones y sus fundamentos
La disposición 694/2026 de la ANMAT menciona motivos similares a los expuestos en enero durante la primera ronda de inspecciones a las droguerías: irregularidades o deficiencias en la renovación de permisos y habilitaciones de estas entidades, las cuales ahora tienen prohibido el movimiento de medicamentos y productos medicinales más allá de su área jurisdiccional.
Renovación de certificados vencidos
Según la normativa, la entidad encargada de supervisar las buenas prácticas de fabricación y operación de laboratorios y droguerías aclara que, a pesar de que las empresas habían sido debidamente aprobadas para realizar el tránsito interjurisdiccional, sus Certificados de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos están caducados. Además, ninguna ha iniciado el trámite de renovación, que debería comenzar al menos sesenta días hábiles antes de que los permisos pierdan vigencia.
El número significativo de droguerías afectadas (114, considerando las suspensiones divulgadas en enero y las recientes) genera preocupación y plantea preguntas sobre la rigurosidad de los controles realizados hasta ahora por la ANMAT sobre estas empresas.
Importancia del cumplimiento normativo
Las droguerías son responsables de transportar diariamente miles de medicamentos desde las distribuidoras, quienes recogen los fármacos directamente de los laboratorios, hasta aproximadamente 13,000 farmacias en todo el país.
Fuentes del Gobierno explicaron que el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos tiene una vigencia de cinco años. Al vencer, debe solicitarse su renovación con un plazo mínimo de sesenta días hábiles antes de la caducidad, y el trámite de solicitud dentro del término indicado autoriza la continuidad de la actividad respectiva hasta que se resuelva el trámite. Sin embargo, aclararon que las empresas que presenten la solicitud del nuevo certificado podrán recuperar su habilitación si se cumple con el procedimiento.
(Noticia en desarrollo)
