La ANMAT ha implementado la prohibición de la utilización, venta, distribución y promoción de una variedad de productos relacionados con el cuidado del cabello y de un material médico utilizado en el ámbito odontológico. Esta medida se tomó después de identificar que dichos productos se ofrecían al público sin la correspondiente autorización sanitaria y, en ciertos casos, presentaban un posible peligro para la salud.
Estas restricciones fueron oficializadas a través de las Disposiciones 599/2026, 605/2026 y 634/2026, que se publicaron en el Boletín Oficial. Estas acciones forman parte de operativos de monitoreo llevados a cabo en diferentes provincias y en plataformas de ventas online.
Prohibición de productos capilares
En dos de estas resoluciones, la autoridad sanitaria vetó más de diez tratamientos capilares de las marcas GOOD HAIR y SILKDROP. Entre esos productos se encontraban alisadores, botox para el cabello, keratinas, tratamientos de restauración, lifting y productos de “efecto espejo”.
Según la información de la ANMAT, tras revisar la base de datos oficial de cosméticos autorizados, no se encontró registro sanitario correspondiente a estos productos. Igualmente, se determinó que eran vendidos por medio de sitios web y plataformas de comercio en línea con envíos a nivel nacional.
El organismo subrayó la presencia de alisadores de cabello no autorizados, que podrían incluir formol (formaldehído) como componente principal, una sustancia prohibida debido a sus efectos perjudiciales.
Riesgos de salud asociados al formol
La ANMAT alertó que la exposición a los vapores de formol puede originar, a corto plazo, irritaciones en la piel y los ojos, ardor, comezón, lagrimeo, molestias en la garganta y nariz, tos y complicaciones en el sistema respiratorio, tanto para los usuarios del producto como para quienes realizan su aplicación de manera profesional.
En caso de exposiciones continuas o repetidas, la entidad subrayó que podrían desarrollarse reacciones de hipersensibilidad, dermatitis alérgicas e incluso un aumento en la probabilidad de desarrollar ciertos tipos de cáncer, especialmente aquellos que afectan la nasofaringe.
Debido a la falta de información sobre el lugar de fabricación, fórmula real y condiciones de producción de los productos prohibidos, el organismo destacó que no se puede garantizar su seguridad, eficacia o calidad, lo que llevó a la prohibición total de su venta a nivel nacional.
Material odontológico cuestionado
Simultáneamente, en la Disposición 605/2026 se prohibió el uso, venta y distribución del objeto denominado “HILO PARA SUTURA FARMADENTAL – MR 10 metros”, empleado en prácticas odontológicas.
Esta medida fue adoptada tras una serie de inspecciones en establecimientos ubicados en San Luis, Córdoba y la Ciudad de Buenos Aires, donde se encontraron productos sin número de lote, fecha de fabricación, caducidad ni registro sanitario.
Durante los controles, los inspectores verificaron la presencia de productos no autorizados y otros supuestamente falsificados, algunos de los cuales se distribuían por medio de entidades profesionales y proveedores autorizados, sin embargo, no cumplían con las regulaciones vigentes.
Falta de registro sanitario
La ANMAT señaló que el hilo de sutura mencionado no está registrado en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica, lo que impide conocer su origen, condiciones de fabricación y control de calidad.
Ya que estos productos no han sido evaluados por la autoridad sanitaria, fueron considerados ilegítimos y potencialmente peligrosos, ya que no hay garantías sobre su esterilidad, resistencia ni adecuación en procedimientos clínicos.
Las prohibiciones se aplican en todo el país e incluyen la exigencia de retirar los productos del mercado, suspender su promoción y eliminar las publicaciones en plataformas de venta online. Las autoridades sanitarias de cada provincia y de la Ciudad de Buenos Aires ya han sido notificadas para reforzar los controles.
La ANMAT aconseja a consumidores, estilistas, esteticistas y profesionales de la salud asegurarse de que los productos contengan el registro sanitario oficial, evitar compras a través de canales no regulados y reportar cualquier irregularidad observada.
