Prohibición de Venta de Suplemento de Creatina
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió recientemente prohibir la producción, distribución y comercialización en todo el territorio nacional, incluida su venta en plataformas digitales, de un suplemento dietético que contiene creatina.
Detalles del Producto Afectado
El afectado es un suplemento en polvo de sabor durazno, específicamente identificado como “Suplemento dietario a base de creatina monohidrato en polvo sabor durazno CREATINA MONOHIDRATO; marca WOLF NUTRITION; RNPA: EX-2024-36557-GDEBA-DAYPANMG; Ruta Provincial 205 Km 80 – Cañuelas, Pcia de Buenos Aires; RNE 02-050730”. Esta medida se aplica a todas sus presentaciones, lotes y fechas de caducidad.
Motivos de la Prohibición
De acuerdo con la Disposición 6195/2025 de la ANMAT, publicada en el Boletín Oficial, el producto carecía de los registros necesarios tanto para el establecimiento como para el producto en sí. Además, exhibía falsamente números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), los cuales no existen, calificando así como “producto ilegal”.
Asimismo, la normativa extendió la prohibición a cualquier otro producto que utilice los números de RNPA y RNE mencionados en su etiquetado, ya que dicha práctica también representa una falsificación e ilegalidad.
La investigación se inició gracias a una consulta de un ciudadano al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), cuestionando la autenticidad del producto mencionado.
La Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de Buenos Aires informó a la ANMAT que los números de registro RNPA y RNE proporcionados eran inexistentes.
Finalmente, se decidió aplicar la prohibición porque el producto en cuestión no podía ser identificado claramente como elaborado o procesado en un lugar específico. Se busca así salvaguardar la salud pública ante la posibilidad de consumir productos considerados ilegales.