Prohibición de Productos Dermatológicos sin Autorización
En un reciente comunicado, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) decidió suspender la comercialización, distribución y utilización de ciertos productos dermatológicos y de medicina humana que no contaban con la debida autorización sanitaria.
Esta acción se oficializó mediante la Disposición 5970/2026, publicada en el Boletín Oficial este lunes.
Investigación e Incidentes Reportados
El proceso investigativo comenzó tras una alerta emitida por una consumidora al Departamento de Control de Mercado, quien comunicó haber adquirido un producto para tratamientos dermatológicos sin la correspondiente autorización.
Según el informe oficial, el producto se presentaba como una “Solución Tópica” indicada para tratar “verrugas, condilomas acuminados (relacionados con el virus del papiloma humano -VPH-)”, y “quirófano de queratosis, tejido hiperplásico, cicatrices viriliformes y peelings en pieles acnéicas y gruesas”. Esto clasificaría dichos productos como “medicamentos” según la definición de ANMAT.
Durante la investigación, ANMAT también analizó el sitio web www.caflab.ar, donde se ofrecían productos similares.
Lab Caflab y la Falta de Registro
La disposición indicó que al consultar a la Dirección de Gestión de Información Técnica, se determinó que la empresa “Laboratorio Caflab” no estaba inscrita ni en las categorías de Medicamentos, ni en el Tránsito Interjurisdiccional de Especialidades Medicinales, Productos Médicos, Productos Para Diagnóstico de Uso ‘In Vitro’, ni como Productos Cosméticos.
Además, la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires confirmó que “Laboratorio Caflab Applied Science” no tenía autorización para operar como establecimiento farmacéutico.
La resolución también subrayó que no había documentación o trámite de autorización para ningún establecimiento farmacéutico en el domicilio proporcionado por la firma en Luis Guillón, Buenos Aires.
ANMAT resaltó en sus argumentos que tanto el artículo denunciado como otros de la misma empresa “no están registrados ante la ANMAT, y se desconocen sus condiciones de fabricación y composición exactas”.
Asimismo, se afirmó que estos artículos provenían de un lugar sin autorización sanitaria e iban destinados a establecimientos no habilitados, lo que representaba un peligro para los usuarios potenciales.
La disposición señala que “cualquier otro producto de la compañía nombrada carece de permiso sanitario para producción, fraccionado o distribución”.
Además, la Dirección de Asuntos Jurídicos presentó una denuncia penal al sospechar que podría haberse cometido un “posible delito contra la salud pública”.
Prohibición de Productos Médicos Adicionales
En otra disposición, la ANMAT también prohibió el uso, la venta y la distribución de algunos productos médicos de la empresa Medtronic que habían sido reportados como robados en Rosario.
Entre los artículos afectados se encuentran reservorios para bombas de insulina Paradigm, conjuntos de infusión subcutánea MiniMed y sensores Guardian 4 para el monitoreo continuo de glucosa.
La disposición 5979/2026 explicó que la prohibición se debió a que las unidades identificadas se encontraban en un “estado desconocido”, lo que “imposibilitaba su fiscalización correcta según la normativa vigente”.
ES
