Ginecólogo en Córdoba causa controversia por llamar “nenita” y usar lentes inteligentes; solo recibe multa

En Córdoba, un ginecólogo desató un escándalo tras ser acusado de un comportamiento indebido durante sus consultas. Una paciente lo denunció por referirse a ella con términos inapropiados y por usar gafas inteligentes con capacidad de grabación sin su consentimiento.

El incidente ocurrió, según los detalles de la denuncia, el 23 de febrero cuando la mujer asistió a una consulta para obtener información sobre la criopreservación de óvulos. Durante el encuentro, el médico le propuso realizar una ecografía transvaginal para analizar su reserva ovárica.

La denunciante señaló que el especialista le dirigía palabras como “nena” y “nenita” y que le comentó: “Tus ovarios son de una pend…”.

Además, la denunciante destacó que el especialista la atendió sin la presencia de un asistente, usó expresiones inadecuadas y había hecho uso de gafas con capacidad de filmación sin notificarle previamente de estas características.

Inicialmente, el ginecólogo fue absuelto. No obstante, el Juzgado de Control y Faltas N°7 en Córdoba revocó esta decisión, hallándolo culpable por “maltrato agravado por razones de género”. Además de una multa económica, se le impuso asistir a una capacitación en género.

Detalles sobre el fallo y la sanción económica

¿A cuánto asciende la sanción económica? La cifra impuesta fue de $900.000. El juez José Peralta determinó que “no había evidencia basta para demostrar los contactos físicos acusados” y destacó que no existía un mandato legal para tener un testigo en la sala.

El médico admitió haber usado gafas Ray-Ban Meta en la consulta, afirmando que las utilizaba como lentes multifocales y que “las funciones de grabación estaban desactivadas”.

La denuncia sobre el médico se formuló después de la consulta del 23 de febrero. Imagen ilustrativa: shutterstock

No se hallaron imágenes ni videos relacionados con la consulta en su teléfono móvil. Tampoco se pudo obtener información de las gafas debido a limitaciones técnicas.

Conclusiones y requerimientos judiciales

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La sanción y el requerimiento de participar en cursos de género se justificaron por expresiones corroboradas que, según el juez, resultaron “infantilizantes y despectivas”.

El juez afirmó que el uso de gafas de ese tipo “sin informar a la paciente” podría causar inseguridad y violaba la privacidad. Según lo reportado por El Doce TV, el juez concluyó que las acciones del médico socavaron el respeto, confianza y seguridad entre doctor y paciente.

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Para sustentar el fallo, se tomó en cuenta la Ley 26.529 sobre los Derechos del Paciente y el Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, los cuales garantizan un trato digno y resguardo de la privacidad.

El juez identificó el agravante por género como un factor relevante y culpó al profesional de maltrato agravado basado en razones de género.

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