Compensación elevada: sufrió un infarto laboral, llamaron un remís en lugar de una ambulancia y ahora está incapacitado

Un trabajador que sufrió un ataque cardíaco en su lugar de trabajo en una fábrica de autopartes en la provincia de Buenos Aires, recibió una gran compensación financiera. Esto se debió a la falta de atención médica adecuada por parte de la empresa, no por las causas del infarto.

El diagnóstico judicial

El Tribunal de Trabajo N°3 de La Plata ordenó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, Federación Patronal Seguros, a pagar 351 millones de pesos a César Gustavo Fernández. Fernández había trabajado desde 2009 en Albano Cozzuol S.A., y el 24 de noviembre de 2021, sufrió un infarto durante su jornada de trabajo en la planta de componentes para coches.

Consecuencias del descuido

César Fernández, de 54 años y padre de dos, quedó incapacitado, sufriendo cuadriparesia, lo que lo dejó dependiendo permanentemente de una silla de ruedas. Además, padece de problemas neurológicos debido a que la empresa subestimó su estado de salud. Una ambulancia podría haberle permitido llevar una vida normal con stents, pero en lugar de eso, fue trasladado en un remís, según explicó el abogado Matías Martínez.

La reacción inadecuada

La falta de un desfibrilador en la planta y la lenta reacción médica empeoraron la salud de Fernández, quien ya estaba acumulando estrés debido a los cambios de turno exigidos por la empresa, lo que afectaba su vida familiar. Sus labores tenían lugar entre las 6 y las 14 horas.

En un incidente médico desafortunado, en lugar de llamar a una ambulancia, la empresa envió a César en un remís que tardó 30 minutos en llegar y otros 15 en trasladarlo al Sanatorio Argentina en La Plata. A pesar de que había un hospital cercano a la planta, un compañero sin conocimiento en RCP lo acompañó. Cuando llegó al sanatorio, César presentó una falta de oxígeno que terminó en una muerte súbita y fue revivido con electroshocks.

Un caso sin precedentes

La Justicia determinó que el infarto fue un “accidente laboral por ocasión”, marcando un precedente histórico porque los infartos típicamente no están clasificados como accidentes de trabajo. En este caso, se destacó la negligencia en la atención que recibió Fernández.

Alejandra Mir, pareja de César y quien lo cuida después de haber pasado por múltiples retos tras su internación, comenta cómo equiparon su hogar para atender todas las necesidades médicas de él, desde oxígeno hasta un elevador hidráulico. Alejandra cuenta con el apoyo de especialistas, incluidos médicos, un kinesiólogo, y un enfermero, para la atención diaria de Fernández.

La sentencia judicial que favoreció a Fernández tiene que ser ratificada por la Suprema Corte bonaerense. Alejandra hace hincapié en la importancia del acceso a la atención médica continua derivada del fallo, más allá del monto económico establecido.

Alejandra destaca el amor y cuidado que, a pesar de la complicada situación, ha unido a sus hijos y a ella misma alrededor de César, mostrando una relación sólida y comprometida. Aunque los desafíos son muchos, insiste en brindar una vida hogareña y amorosa para Fernández.

El Estudio Lestani, que representa legalmente a la ART, argumenta que la sentencia es desproporcionada y planea apelar, cuestionando la calificación del incidente como accidente laboral. Alegan que la empresa no minimizó la situación ya que no había indicios de gravedad en el momento en el que ocurrió el infarto.

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