Decisión de la ANMAT sobre un repelente
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha decidido prohibir la venta y el uso de un repelente de insectos a nivel nacional. Este producto carecía de registro sanitario y mostraba etiquetas en chino.
Descripción de la medida adoptada
La prohibición fue formalizada mediante la Disposición 1476/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por Luis Eduardo Fontana, director del organismo regulador. Esta acción abarca todas las variantes del producto y exige su retirada de los comercios y plataformas de ventas en línea.
Investigación y descubrimientos
La decisión se basa en el informe del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, que detectó la comercialización del repelente con etiquetas en chino y sin registro ante la ANMAT. En un establecimiento en Buenos Aires se encontró el producto, y tras consultar la base de datos de cosméticos, no se encontraron registros.
Un logotipo comercial de “OFF” en el envase llevó a ANMAT a solicitar información a la empresa titular de la marca. Esta confirmó que no había intervenido en la fabricación, registro o importación de ese producto.
Debido a estos hechos, ANMAT consideró el producto como “ilegítimo y no registrado”, lo que impide asegurar su eficacia y seguridad conforme a las normativas vigentes.
La prohibición abarca la venta, promoción, distribución y publicación online del repelente en todas sus presentaciones, incluyendo todos los lotes, fechas de vencimiento y tamaños.
Para justificar esta acción, ANMAT destacó que el objetivo es cuidar la salud de los posibles compradores y usuarios, ya que se desconoce el origen y condiciones de fabricación del producto.
Asimismo, mediante la Disposición 1465/2026, ANMAT implementó prohibiciones similares para productos de la marca ANZA dedicados al cuidado personal.
Entre estos productos figuran una crema corporal, aceite bifásico, espuma facial de limpieza, crema nutritiva, tónico facial, bloqueador solar, emulsión sebo reguladora, loción limpiadora, óleo bronceante natural, serum tensor, crema facial antiage, loción astringente, crema niacinamida, crema despigmentante, serum corporal, serum contorno revive, mascarilla blanqueadora, repelente de mosquitos “Defence”, crema exfoliante facial, gel post solar y agua micelar.
ANMAT recordó que se desconoce el origen de la producción de estos artículos, y por lo tanto no se puede garantizar ni su eficacia ni su seguridad según las normas vigentes, considerándolos productos “ilegítimos”.
Finalmente, el organismo liderado por Fontana prohibió “el uso, venta y distribución nacional de todos los lotes y variantes de los productos rotulados como: 1) VELA PORT OSTOMY – Made IN USA – 10 UNITS – REF 1P-CLIP-W – DRAINABLE OSTOMY POUCH – bolsa de ostomía; y 2) INSURE ONE – One day fecal inmunochemical Test, hasta que obtengan las autorizaciones pertinentes”.
Después de investigaciones, ANMAT concluyó que esos productos médicos carecen de registro sanitario y que se desconocen sus características, por lo que pueden representar un riesgo para la salud de posibles pacientes.
