La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha ordenado detener la manufactura y venta de un complemento alimenticio que no cumplió con los requisitos legales para la importación de productos alimenticios, siendo catalogado así como un producto ilegal.
Este organismo hizo oficial la medida mediante la Disposición 5719/2025, la cual fue publicada en el Boletín Oficial el lunes pasado, con la firma de su directora principal, Nélida Agustina Bisio.
Detalles de la Investigación
ANMAT especificó en el documento que la acción comenzó tras una consulta privada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), cuestionando la autenticidad del producto etiquetado como: ‘Dietary Supplement – Colostrum, Restore & Revitalize, marca: Wondercow, NET WT. 4.23 OZ (120 G)’, que no se ajustaba a la normativa alimentaria actual.
Resultados del Análisis
La situación generó una serie de indagaciones que culminaron en un informe por parte del Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior, que reveló que “no hay registros de ingreso al país del mencionado producto”.
Normativas Infringidas
Por tales anomalías, se determinó que los productos en cuestión “violan el artículo 4° de la Ley N° 18284 y el artículo 4° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, ya que no completaron el procedimiento establecido para la importación de alimentos, resultando por tanto un producto ilegal”.
Medidas Correctivas
Con el objetivo de resguardar la salud pública ante la posible ingesta de productos ilegales, ya que no tienen los registros necesarios que garanticen su trazabilidad, condiciones de producción, y calidad bajo los controles normativos vigentes y su seguridad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL sugiere prohibir la fabricación, fraccionamiento y venta en todo el país, incluyendo plataformas de comercio digital del mencionado producto.
Recientemente, ANMAT adoptó decisiones similares con otros complementos nutricionales, utilizando diversas disposiciones también difundidas en el Boletín Oficial.
El 22 de julio pasado resolvieron “prohibir la producción, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en plataformas online del producto Suplemento dietario a base de zinc y selenio – ZINC + SELENIO, marca ACTIVE, RNE N° 02-034836, RNPA N° 02-586401, elaborado por Alimentación Sana SRL, Lanús Oeste (1822), Provincia de Buenos Aires, industria Argentina, sin importar la presentación, lote o fecha de caducidad”.
“La disposición fue justificada ya que se trata de un producto que no puede ser identificado como fabricado y/o fraccionado bajo un RNE válido y por tener un etiquetado falso con un domicilio de elaboración inexistente, considerándose así un producto ilegal”, detalló la normativa.
Además, el 29 de ese mismo mes aplicaron la misma restricción al producto “Dietary Supplement marca DOPA MUCUNA, NOW Brain Support, NOW FOODS 395 S Glen Ellyn Rd, Bloomingdale IL 60108, USA, por no haber cumplido con el procedimiento establecido para la importación de alimentos, siendo declarado ilegal en consecuencia.