La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha emitido una orden urgente para detener las obras de construcción y otras alteraciones en el exclusivo barrio privado de Costa Esmeralda, particularmente en el área conocida como “Nuevo Núcleo Urbano – Centralidad Urbana” (CUCE). Esta orden incluye la prohibición de remover arena, talar árboles y levantar construcciones en las dunas y la línea costera.
El recurso legal que cambió el destino del proyecto
El máximo tribunal revocó una decisión previa de la Cámara de Apelación de Mar del Plata, tras aceptar un recurso presentado por la ex concejal Evangelina Cordone y los abogados Sergio y Rodrigo Bonzo, restituyendo así una medida cautelar del Juzgado Contencioso Administrativo N.º 1 de Dolores.
Impacto más allá de Costa Esmeralda
Esta decisión judicial no solo afecta a Costa Esmeralda, sino que establece un precedente significativo para los municipios costeros de Buenos Aires.
Argumentos y contradicciones legales
Los promotores del desarrollo sostenían que sus actividades estaban respaldadas por autorizaciones ambientales obtenidas entre 2006 y 2009 bajo el Decreto Provincial 3.202/06. Sin embargo, en 2019, la Municipalidad de La Costa anuló su adhesión a dicho decreto mediante la Ordenanza 4.744/19.
El fallo de la Corte evidenció que la desadhesión municipal no genera un “vacío legal” ni permite construcciones sin regulación ambiental.
Relevancia ambiental del fallo
La restauración de la medida cautelar no solo frena el desarrollo proyectado en la Zona Sur de Costa Esmeralda, sino que también reafirma la necesidad de que cualquier expansión urbana respete las leyes ambientales actuales y proteja las dunas.
El abogado Rodrigo Bonzo declaró: “Este fallo es crucial para la defensa ambiental de la costa. Municipios y desarrolladores deben comprender que el progreso urbano no puede sacrificar nuestro patrimonio natural”.
Ubicada en el límite norte del municipio de Pinamar y al sur del Partido de La Costa, Costa Esmeralda es un desarrollo privado de aproximadamente 1.000 hectáreas. Es conocido por sus lujosas residencias de diseño contemporáneo, sus más de tres kilómetros de playa privada, campos de golf, áreas de polo y exclusivos paradores. Es considerado uno de los desarrollos más prestigiosos de la costa atlántica, con los precios más altos por metro cuadrado y alquiler durante el verano.
Un aspecto fundamental del fallo firmado por los jueces Daniel Fernando Soria, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y Fernando Luis María Mancini fue la modificación del proyecto urbanístico original sin la evaluación ambiental adecuada.
Inicialmente concebido como “chacras marinas” de baja densidad, el máster plan aprobado en 2015 fue transformado recientemente por las firmas Eidico S.A. y Fiduciaria de la Costa S.A. en un denso centro urbano, que incluye 79 unidades residenciales en edificios de hasta cuatro pisos y complejos comerciales y hoteleros.
Según los jueces, esta transformación no es un mero ajuste del plan original, sino un cambio sustancial que requería una nueva evaluación ambiental antes de cualquier trabajo de construcción.
Además, advirtieron sobre los potenciales daños irreparables a un frágil ecosistema costero, señalando que las obras amenazaban la flora autóctona, los bosques, la biodiversidad y las dunas.
La situación se agrava por la falta de infraestructuras básicas en la región. Informes oficiales indican que gran parte del Partido de La Costa carece de servicios esenciales como agua corriente, redes cloacales y gas natural, lo cual hace inviable una expansión urbana sin control.
No obstante, los jueces decidieron que el área comercial, adecuada al plan original de 2005 y con permisos ambientales en regla, puede continuar con las obras. En cuanto a la tala de árboles en esa área, la municipalidad ha ordenado a los desarrolladores realizar una reforestación obligatoria.
El caso regresa ahora al Juzgado Contencioso Administrativo N.º 1 de Dolores, que deberá asegurar que los responsables presenten un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) ajustado a la normativa vigente en el Partido de La Costa.
Este procedimiento deberá estipular la cantidad y escala final de las unidades a construir, su impacto en las dunas y en las aguas subterráneas, e incluir mecanismos de participación ciudadana y audiencias públicas como condición para obtener una nueva Declaración de Impacto Ambiental.
