La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha ordenado la suspensión de la fabricación, fraccionamiento y venta a nivel nacional y en plataformas en línea de 18 suplementos dietarios de la empresa Grupo Bio Fit SRL.
Listado de suplementos afectados
Esta medida fue implementada mediante la Disposición 8186/2025, firmada por Nélida Bisio, la jefa de este organismo, y se aplica a cualquier forma, lote y fecha de vencimiento de los productos implicados.
Los suplementos involucrados incluyen: el “Suplemento Dietario a Base de Cúrcuma, Pimienta Negra y Tiamina (B1) en Comprimidos”, el “Suplemento Dietario a Base de Spirulina, Guaraná, Yerba Mate y Vitaminas en Comprimidos”, y el “Suplemento Dietario de Magnesio, Calcio y Vitamina D3 en comprimidos”, entre otros. Además, se sancionó productos como el “Suplemento Dietario de Hierro, Spirulina, Chlorella, Lapacho, Vitamina B2, B6, B12, Ácido Fólico y Zinc en comprimidos” y el “Suplemento Dietario a Base de Aceite de Pescado Refinado en Cápsulas”.
Motivos detrás de la prohibición
Las autoridades constataron que el lugar en Granadero Baigorria, Santa Fe, donde se producían estos artículos, no tenía el permiso municipal necesario, carecía de un Director Técnico y no poseía registros que confirmasen la trazabilidad de los productos.
El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL detalló que los artículos violaban la legislación argentina, específicamente el artículo 3° de la Ley N° 18.284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios activos y estar mal etiquetados al mostrar números RNPA caducados y un RNE inactivo, lo que convierte a estos productos en falsificados.
Suspensión de un medicamento para la diabetes
Adicionalmente, la Disposición 8203/2025 de la ANMAT suspendió el uso, venta y distribución del medicamento “TIRZEC® 5, Tirzepatida 5mg/0,5 ml. 1 vial con 2ml de solución inyectable + 4 jeringas estériles con aguja, L 252092, V. 06/2027” en todo el país.
Este producto, dirigido a adultos con diabetes tipo 2 no controlada que siguen dieta y ejercicio, no cuenta con registro sanitario en Argentina, desconocen su fuente, composición y proceso de fabricación, lo que representa un riesgo para los pacientes.
La Disposición 8187/2025 también prohibió el producto “Solución Fisiológica Isotónica Rigecin 0,90% / Cloruro de Sodio, concentración 900 mg/ 100 ml, en la forma farmacéutica solución inyectable, presentación por 250 ml, Certificado N° 39.075” por Rigecin Labs S.A.
Se detectó que algunas unidades estaban empacadas en envases no autorizados, incumpliendo con las normativas vigentes.
Finalmente, las Disposiciones 8201/2025 y 8202/2025 prohibieron dos versiones de aceite de oliva: “Aceite de oliva extra virgen marca Valle de Beraca” y “Aceite comestible marca Ecoliva”.
El primer caso reflejó violaciones con números de RNE y/o RNPA inexistentes. En el último, se descubrió que no tenía el porcentaje indicado de aceite de oliva y girasol, y no cumplía con los parámetros de acidez.
