La justicia prohíbe comercializar medicamentos sin receta fuera de farmacias

El Nuevo Fallo de la Cámara Federal

La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala I – decidió aceptar parcialmente la solicitud de medida cautelar presentada por dos organizaciones farmacéuticas, determinando la suspensión de ciertos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023. Entre los artículos suspendidos se encontraba el que permitía la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias, así como la posibilidad de que un único farmacéutico gestionara múltiples locales.

Impacto en la Actividad Farmacéutica

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Un comunicado conjunto de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara) manifestó que “el fallo reconoce que la actividad farmacéutica no debe limitarse a una mera transacción comercial”, destacando que el rol del farmacéutico en la dispensación de medicamentos es una función esencial e intransferible que demanda su presencia y autonomía profesional, alineándose con la doctrina del caso “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Suspensión de Artículos del DNU

La decisión suspendió los artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324 del DNU 70/2023, por lo que también quedan suspendidas todas las resoluciones que derivan de estos artículos. El fallo revoca una decisión previa de primera instancia que había rechazado la medida cautelar a favor de los farmacéuticos y mantenido la postura del Gobierno.

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