Condena solicitada por fiscal para dos empleados públicos en caso de joven Musse en córdoba

El fiscal de Córdoba, Julio Rivero, ha solicitado este lunes una pena de un año y seis meses de prisión, que se ejecutará de manera condicional, para dos antiguos funcionarios provinciales. Estos ex empleados están acusados de abuso de autoridad y de no cumplir con sus responsabilidades, al haber impedido que un padre tuviera la oportunidad de despedirse de su hija moribunda en el contexto de la pandemia de COVID-19.

Solange Musse, de 35 años, falleció en la localidad de Alta Gracia el 21 de agosto de 2020, durante la fase más estricta del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO).

En sus últimos momentos, Solange, quien padecía un cáncer en fase terminal, deseaba abrazar a su padre. Él había iniciado su viaje desde Plottier, Neuquén, el 16 de agosto, durante la administración de Alberto Fernández, para cumplir este emotivo deseo.

Sin embargo, al arribar al control sanitario situado en el acceso sur de la provincia, en Huinca Renancó, establecido por las autoridades del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), se le negó la entrada a Córdoba y se le ordenó regresar a su lugar de origen.

Pablo Musse, el padre de Solange, declaró antes de la última sesión del juicio en Río Cuarto.

Desarrollo del Juicio

La audiencia está bajo la responsabilidad del tribunal de la Cámara del Crimen N° 1 de Río Cuarto, que es presidido por Daniel Antonio Vaudagna y acompaña por Nicolás Rins y Diego Ortiz. Las sesiones comenzaron el lunes 1° de septiembre.

El juicio empezó su etapa final el pasado lunes, con el tribunal técnico y los jurados populares analizando el caso de los dos ex miembros del COE provincial, quienes enfrentan cargos por abuso de autoridad y no cumplir con sus funciones públicas en relación a lo ocurrido con la familia Musse.

Los Implicados

Los acusados son Eduardo Javier Andrada, en aquel entonces director del COE de Huinca Renancó, y Analía Morales, asistente social del mismo organismo en la ciudad de Río Cuarto.

El fiscal Rivero comenzó la fase de alegatos explicando que Pablo Musse y su cuñada, Paola Oviedo, intentaron ingresar a Córdoba junto a una mascota, con la intención de compartir un almuerzo con Solange en Alta Gracia, quien en aquellos momentos era cuidada por su madre, Teresa Oviedo.

La sesión judicial tiene su sede en los tribunales de Río Cuarto.
Foto Tomy Fragueiro / La Voz.

Argumentos del Fiscal

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Rivero destacó que tras someter a Pablo Musse a una prueba PCR, cuyo resultado fue “dudoso”, Andrada y Morales decidieron prohibirle el ingreso a Córdoba y escoltarlo de regreso a Neuquén mediante una escolta policial.

El fiscal subrayó que esta decisión ignoró instrucciones previas que autorizaban el acompañamiento de Musse y su cuñada hasta la residencia de Solange.

Declaraciones de los Imputados

Andrada defendió que la decisión de no permitir el acceso a Musse no fue suya, sino que fue dictada por el protocolo de la Provincia. “Yo no decidí, decidió la Provincia con su protocolo”, afirmó.

El fiscal refutó esta defensa al señalar que la responsabilidad recaía sobre Andrada y Morales, quienes habían asumido cargos designados por el Ministerio de Salud.

Rivero sugirió que la situación podía haberse solucionado permitiendo a Musse acceder al hospital de Río Cuarto.

A pesar de esto, el fiscal concluyó que las acciones de Andrada y la falta de intervención de Morales resultaron en una privación ilegal de la libertad y conductas denigrantes hacia los Musse.

Pablo Musse, durante la primera audiencia del juicio. Foto Tomy Fragueiro/ La Voz

Durante las audiencias, se consideró la posibilidad de ampliar las acusaciones por los delitos cometidos contra la familia Musse.

Rivero solicitó que Pablo Musse, Solange Musse, Teresa y Paola Oviedo sean reconocidos como víctimas de violencia institucional.

Además, pidió que Andrada y Morales sean inhabilitados por el doble del tiempo de la pena solicitada.

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Rivero también afirmó que lo ocurrido con Pablo Musse y Paola Oviedo representa un posible caso de privación ilegítima de la libertad, pues fueron obligados a regresar a Neuquén bajo custodia policial sin poder detenerse.

El fiscal argumentó que tanto Andrada, por “acción”, como Morales, por “omisión”, tienen responsabilidad en el asunto, y que el doctor Andrada inobservó la posibilidad de flexibilizar las normas vigentes. Morales, por su parte, también deberá responder por omisión impropia.

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