Una prolongada disputa legal que buscaba el reconocimiento de una mujer como hija legítima del icónico cantante Roberto Sánchez, conocido artísticamente como Sandro, ha llegado a su fin. La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso término a este caso, que se extendió casi dos décadas, con un fallo definitivo que resalta la falta de progenie del artista fallecido en enero de 2010.
Resultados de ADN y Herencia
El proceso legal, iniciado antes de la muerte del popular cantante, culmina con pruebas de ADN concluyentes, confirmando que Sandro no tuvo descendencia. Como resultado, Olga Garaventa, su viuda, permanece como la única beneficiaria de la herencia del famoso intérprete.
El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, establece la inadmisibilidad de la demanda de la mujer, amparándose en lo dispuesto por el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
El Inicio del Caso y Avances Judiciales
La controversia empezó con una acción legal interpuesta por Sandra Edit Borda, quien intentó impugnar la filiación con Carlos Borda y buscar el reconocimiento como hija de Roberto Sánchez. Sandra Borda afirmaba ser la hija biológica del célebre cantante.
Según declaró, en 2006 su madre le confesó antes de fallecer que Sandro era su verdadero padre. En 2007, Borda participó en un análisis de ADN junto a Sandro fuera del ámbito judicial. Según narra, la pareja del cantante le señaló un resultado negativo, aunque asegura haber visto las pruebas.
Tras estos eventos, Borda llevó la cuestión a los tribunales. En sus alegatos, expuso que su madre y Roberto Sánchez comenzaron una relación en 1965 que perduró en secreto incluso después de que su madre se casara con Carlos Borda, sin interrumpir los encuentros con el cantante.
En 2014, un fallo permitió a Sandra anular la paternidad de Carlos Borda, quien la había criado. En 2015, los restos de Sandro fueron exhumados para realizar un nuevo análisis de ADN, que también resultó negativo.
“Los resultados son incompatibles con un vínculo biológico padre/hija”, fue una de las conclusiones del fallo inicial que desestimó la demanda. La Cámara confirmó este juicio, subrayando la falta de correspondencia genética entre Borda y Sánchez.
A pesar de los intentos de Borda por apelar, presentando un recurso de nulidad e inaplicabilidad de la ley, sus esfuerzos fracasaron.
En febrero de 2024, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires también desestimó la demanda. Los jueces Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria, Sergio Gabriel Torres y Hilda Kogan concluyeron que las alegaciones de Borda ya habían sido abordadas previamente sin encontrar fundamentos para un fallo favorable.
Los expertos señalaron que las pruebas de ADN no dejaban dudas sobre la ausencia de vínculo biológico entre la demandante y Sánchez. Sus argumentos no lograron cambiar el criterio legal establecido, dado que no aportaron evidencia que comprometiera la validez intelectual de las decisiones judiciales previas.
Finalmente, Borda llevó su caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario, pero su apelación fue considerada inadmisible, poniendo fin a la extensa batalla legal.