El proceso gratuito y “menos romántico” que ha visto un aumento en las bodas

Mantener cuentas claras puede ser clave… para los matrimonios. Primero llega el amor, luego la formalización, y tanto antes como después, el acuerdo prenupcial.

Así es en la Ciudad, donde el interés por un proceso que permite definir la distribución de bienes mientras la pareja sigue casada ha aumentado significativamente.

En la última década, en el ámbito del Registro Civil porteño, se observa un declive del lanzamiento de arroz en los matrimonios, mientras florecen estos acuerdos, considerados aún incómodos.

La información, obtenida por Clarín, se refiere a las solicitudes efectuadas desde 2016, cuando únicamente el 14,2% de los matrimonios optó por la separación de bienes, en comparación con el 33,4% que lo hizo en 2024.

Nota: Aunque comúnmente se los denomina “prematrimoniales”, estos acuerdos pueden realizarse también después de casar.

Los convenios prenupciales crecieron del 14,2% al 33,4% del total de uniones matrimoniales. Foto: Shutterstock

Segunda nota: Históricamente vistos como “poco románticos”, los acuerdos prenupciales, que detallan las posesiones de cada uno ante posibles separaciones, están siendo cada vez más adoptados por las parejas para resguardarse bajo sus propios términos.

“En 2016, de 12.631 matrimonios registrados, solo 1.764 optaron por la separación de bienes (un 14,27%); mientras que en 2024, de 10.468 casamientos, 3.501 firmaron estos acuerdos, lo que representa un 33,44%”, detalló César Torres, secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano de la Ciudad.

¿Qué es un acuerdo prenupcial? Se trata del régimen de separación de bienes, permitiendo que los cónyuges manejen sus patrimonios de forma independiente durante el matrimonio.

Otra manera de explicarlo es que lo que adquiera cada individuo durante el matrimonio no será considerado bien ganancial, manteniendo así el control sobre sus propiedades y siendo responsable de sus deudas, exceptuando aquellas destinadas al hogar común o la educación de los hijos.

El convenio puede establecerse antes del casamiento a través de acordar expresamente en una escritura pública o al momento de casarse en el Registro Civil.

El acuerdo prenupcial está ganando popularidad en un contexto de descenso de bodas. Foto: iStockPhotos

Estos acuerdos solo son vigentes luego del matrimonio y están regulados por el artículo 446 del Código Civil y Comercial. Además, pueden ser modificados tras un año de matrimonio o extinguirse con la disolución del vínculo.

En caso de no optar por este arreglo, el matrimonio será regido por el régimen de comunidad de bienes, donde aquello adquirido durante la unión se considera ganancial, dividiéndose equitativamente.

La elección de separación de bienes se formaliza sin costo adicional y no requiere de trámites más allá de lo estipulado para el matrimonio.

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Para Marisa Herrera, doctora en Derecho y especialista en Familia, la distinción entre contratos prenupciales en Argentina y los “anglosajones” es importante de señalar.

“En nuestro territorio, puedo establecer un acuerdo que mencione las deudas que llevo al matrimonio o los bienes que aporto, o escoger el régimen de separación de bienes. Contrariamente, en el derecho norteamericano, existe libertad total para acordar cualquier cosa”, explica.

¿Eso implica una desventaja? ¿Es menos eficaz el acuerdo? No necesariamente es así.

Como dice el refrán, “equipo que gana no se cambia”. “Ciertamente, casi diez años desde la implementación del Código Civil y Comercial de la Nación (vigente desde el 1° de agosto de 2025), no ha surgido debate o conflicto respecto al artículo 446 que reglamenta los convenios prenupciales, ni al doble régimen económico vigente desde 2015: el de comunidad y el de separación de bienes.”

Cada régimen tiene sus normativas. Por lo tanto, más que desventajoso, el sistema legal argentino para estos convenios es simplemente distinto.

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“No resulta más restrictivo por no permitir acuerdos prenupciales con total libertad. Porque no hay verdadera libertad sin igualdad real, y bajo esa apariencia de libertad podrían formalizarse acuerdos que perjudiquen a los cónyuges futuros más vulnerables, generalmente mujeres, que usualmente ganan menos y tienen menor acceso al mercado laboral formal, con los consiguientes problemas derivados de la falta de información, asesoría jurídica y protección”, concluye Herrera.

Una opción después del matrimonio

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En el Registro Civil de la Ciudad, también se ofrece la posibilidad de registrar la elección del régimen patrimonial incluso después de haber obtenido la libreta matrimonial.

Este servicio permite modificar el régimen bajo el cual se administra el patrimonio común de la pareja. Por ejemplo, aquellas parejas que inicialmente optaron por un régimen de comunidad de bienes pueden cambiar más adelante al de separación de bienes para tener mayor autonomía en la administración de sus propiedades individuales.

¿Quién puede cambiarlo? Cualquier pareja casada tiene la opción de inscribir esta modificación en sus documentos y es totalmente gratuito.

Para comenzar el trámite, es necesario presentarse en el registro con el acta de matrimonio; proporcionar tanto el original como una copia del documento que acredite el enlace; junto con una escritura notarial que detalle el nuevo régimen patrimonial acordado entre los cónyuges y una nota dirigida al director general solicitando el inicio del proceso.

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