El Veredicto Judicial y la Responsabilidad del Banco
Una corte civil en Bariloche falló desfavorablemente contra una institución bancaria debido a su incapacidad para proporcionar las medidas adecuadas de seguridad a una clienta perjudicada por un fraude digital. En este incidente, la afectada perdió todos los fondos de su cuenta de ahorros, fue víctima de un préstamo personal solicitado a su nombre, y todo el dinero desapareció mediante transferencias a cuentas de terceros desconocidos.
Detalles del Fraude Digital
El juez Cristian Tau Anzoátegui del Juzgado Civil N°5 determinó que el Banco Patagonia no implementó las acciones de resguardo necesarias para su clienta. Este suceso se originó en enero de 2021, cuando una mujer, conocida como P.F.Q., decidió vender un sillón mediante Facebook Marketplace. Fue contactada por un individuo llamado Luis, quien le solicitó el CBU para proceder con un pago por transferencia.
La Estrategia del Engaño
El 25 de enero, el supuesto Luis informó haber realizado la transferencia, pero argumentó que por un problema no se acreditaba en su cuenta, sugiriendo que ella necesitaba resolverlo en un cajero automático. Al seguir las instrucciones engañosas de Luis, P. permitió involuntariamente que los estafadores obtuvieran su clave token y un código, perdiendo así el control de su cuenta bancaria.
Reacción y Respuesta del Banco
Tras darse cuenta del fraude, la mujer intentó denunciarlo al banco solicitando el bloqueo inmediato de su cuenta. Sin embargo, recibió correos electrónicos detallando las transferencias que se estaban realizando con su dinero. Se le retiraron 59,000 pesos de su caja de ahorro, y se solicitó un préstamo personal de 249,000 pesos a su nombre, fondos que fueron transferidos a dos individuos desconocidos: Maximiliano G. y Néstor C.
La víctima denunció el incidente a la Policía y acudió a su sucursal bancaria, pero recibió la respuesta de que debía responsabilizarse por el préstamo al haber compartido sus claves. La entidad argumentó que estas eran “personales, únicas e intransferibles”.
No obstante, el juez estipuló que el banco no cumplió con su deber de garantizar las medidas de seguridad necesarias, señalando que la institución permitió la aprobación inmediata del préstamo y la transferencia de dinero a cuentas de terceros poco después de modificar el pin.
El juez afirmó que tal funcionamiento no es seguro para cualquier cliente, y que deberían existir sistemas de protección al realizar operaciones sospechosas, como verificar la autenticidad, solicitar confirmación de operaciones y diferirlas en el tiempo.
A pesar de los argumentos del banco sobre sus medidas de seguridad, el fallo les consideró inadecuadas. La certificación ISO 27001, al parecer, resultó obsoleta frente al aumento de fraudes digitales pospandemia, exacerbado por factores como las billeteras virtuales, la inteligencia artificial y la baja penalización de estos delitos.
A pesar de que la mujer fue engañada para entregar sus claves, el fallo resalta que las transacciones sospechosas se ejecutaron debido a “la inseguridad en el sistema bancario”.
Finalmente, el banco fue condenado a reembolsarle el monto sustraído, actualizado hasta la fecha presente, y a compensar por daño moral. También se ordenó eliminar su nombre del registro de deudores del Banco Central, ingreso que ocurrió debido a la morosidad en el pago del préstamo forzado en su lugar.
