Seguro de salud obligado a indemnizar por cirugía no cubierta que causó daño visual

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dictaminó que la empresa de salud prepaga Sancor Salud debía indemnizar con una suma millonaria a un afiliado, debido a que con su accionar contribuyó a un deterioro en la salud del paciente. El fallo establece que la indemnización será de más de 7 millones de pesos, a lo cual se le sumarán los intereses, dado que el incidente ocurrió hace casi tres años.

El tribunal corroboró las afirmaciones del afiliado basándose en las pruebas presentadas, incluyendo testimonios de oftalmólogos que indicaron que, de haberse realizado la operación de manera oportuna, el hombre podría haber evitado perder el 18.69% de la visión en su ojo izquierdo, como finalmente sucedió.

El problema comenzó el 31 de julio de 2022, cuando el afiliado acudió a la guardia del Hospital Lagleyze por una pequeña mancha en su ojo izquierdo. Allí le sugirieron hacerse una ecografía. Se dirigió entonces al Centro de Ojos de Buenos Aires (COBA), donde le informaron que su plan de prepaga cubría solo una consulta anual, la cual ya había utilizado. Finalmente, la autorización para el estudio le fue concedida un mes después.

Una cirugía necesaria denegada

Cuando fue atendido, el especialista diagnosticó un desprendimiento de retina grave que requería una cirugía urgente llamada “vitrectomía compleja”. No obstante, según la denuncia, Sancor negó la realización de dicha operación, obligándolo a buscar medios económicos propios para financiarla. La cirugía fue llevada a cabo el 5 de septiembre.

Dos días después, Sancor autorizó una internación, pero para una “vitrectomía ordinaria” y no “compleja”, como era necesario en su caso. A pesar de pedir el reembolso de los costos, Sancor alegó que dicha operación no estaba cubierta por el PMO y que no formaba parte del acuerdo con COBA.

El Hospital Pedro Lagleyze fue el punto de inicio del recorrido del paciente. Foto: Silvana Boemo

Jurisprudencia de protección al paciente

Sancor también argumentó que no se había probado que la pérdida parcial de la visión del paciente se debiera a sus acciones administrativas. Sin embargo, el tribunal, apoyado en los testimonios médicos, llegó a una conclusión contraria. Los jueces destacaron que, por encima de cualquier obligación contractual que alegó la prepaga, debe primar el derecho a la salud y la vida, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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La compensación final incluye el reembolso de 945 mil pesos por los gastos de la práctica médica realizada en 2022, 2.100.000 por daño físico (más intereses), 1.500.000 por daño moral (más intereses), y 2.500.000 en concepto de daño punitivo. El monto susceptible de intereses podrá incrementarse probablemente en más del 400% debido al tiempo transcurrido.

La jueza Alejandra Tévez expresó que es evidente que corresponde imponer una penalización civil a la demandada, ya que se demostró un desinterés en los daños causados al demandante. Actuó de manera deliberada al no cumplir con la obligación a su cargo, eligiendo no pagar a tiempo y justificando su accionar con razones infundadas, postura que fue sostenida por los jueces Matilde Ballerini y Eduardo Machin.

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